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Anteproyecto de Ley Orgánica. El 11 de junio se inició el trámite de audiencia pública.
El Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de menores de edad en los entornos digitales pretende proteger a estos para salvaguardar su salud, bienestar y seguridad y, en particular, su derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen, así como el derecho a la protección de sus datos personales y al acceso a contenidos adecuados para su edad.

El plazo para realizar aportaciones finalizará el próximo 28 de junio. En materia publicitaria, para los usuarios de especial relevancia que realicen comunicaciones comerciales, incluye la obligación de formar parte del código de corregulación suscrito entre la CNMC y los prestadores de servicios de comunicación audiovisual, que se encuentra previsto en el artículo 98.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual.

Además, el texto del anteproyecto contiene, entre otras materias, disposiciones relativas a las siguientes materias:
Se eleva de 14 a 16 años, la edad mínima a la que los menores pueden prestar su consentimiento para el tratamiento de datos personales.
Se prohíbe el acceso y/o activación de mecanismos aleatorios de recompensa (loot boxes) para personas menores de edad.
Se obliga tanto a las plataformas de intercambio de vídeos, como a los influencers, a establecer enlaces a los canales de denuncias en caso de contenidos perjudiciales.
Se obliga a los fabricantes de productos tecnológicos a introducir, en los dispositivos digitales, un sistema de control parental activado por defecto y con un etiquetado informativo sobre sus riesgos.
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El 10 de junio, la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) emitió una nota de prensa informando sobre la creación de equipos de investigación conjuntos con la Comisión Europea para supervisar a las grandes plataformas digitales.
La CNMC y la Comisión Europea han firmado un Memorando de Entendimiento que permitirá que el personal de ambas instituciones colabore, a través de equipos de investigación conjuntos, en el marco del Reglamento DMA. Este documento garantiza la cooperación entre la CNMC y la Comisión Europea y, en particular, permite que el personal de la CNMC forme parte de los proyectos, iniciativas y equipos de investigación de la Comisión Europea en algunos casos en los que la DMA afecte al mercado español.

Dicha colaboración no afecta a las competencias de la Comisión Europea como autoridad en materia de ejecución del Reglamento DMA, pero contribuirá a que la CNMC pueda ayudar a la aplicación de dicha normativa.
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El 23 de mayo, el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) publicó un informe sobre Chat GPT.
El informe recopila las conclusiones preliminares de las investigaciones realizadas por el grupo de trabajo sobre el servicio ChatGPT, y el cumplimiento en materia de RGPD por parte de dicha herramienta de Inteligencia Artificial.

En cuanto a la legalidad de la recogida de datos, se recuerda que el tratamiento de los mismos debe cumplir con las disposiciones del RGPD en materia de datos personales sensibles o especialmente protegidos. Para ello, recomienda distinguir entre las diferentes etapas (recogida de datos de entrenamiento, procesamiento, almacenamiento y salida) ya que las tres primeras podrían entrañar riesgos relevantes para los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas debido a la práctica de “web scraping”, así como por el uso posterior de tales datos para el entrenamiento de ChatGPT.

En lo relativo a la legalidad de los datos de entrada, de salida y de entrenamiento en el sistema ChatGPT, se indica que los interesados deben ser informados de forma clara y demostrable de que estos contenidos pueden utilizarse con fines de entrenamiento.

Con respecto al principio de exactitud, el responsable del tratamiento debe informar al usuario sobre el hecho de que el texto generado puede estar sesgado o ser inventado. Por último, el informe también destaca que OpenAI deberá seguir introduciendo mejoras en los mecanismos para facilitar el ejercicio de los derechos del interesado.
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Consulta pública cuyo plazo de aportaciones finalizó el pasado 18 de mayo.
La Xunta de Galicia ha iniciado la elaboración de una nueva ley de comunicación audiovisual para la sociedad digital. La finalidad es adaptar la normativa gallega a las modificaciones introducidas por la Directiva y la Ley General de Comunicación Audiovisual, así como adecuarla a los avances tecnológicos y a las nuevas demandas de los consumidores en el ámbito audiovisual, contribuyendo a promover la identidad cultural y lingüística de Galicia.

Se pretende ajustar la oferta de la Corporación Radio y Televisión de Galicia (CRTVG) a la diversificación de formatos audiovisuales que genera una audiencia fragmentada y globalizada, por la que compiten no sólo los medios tradicionales sino también los de los nuevos formatos de servicios de comunicación audiovisual. Además, se quiere adaptar la CRTVG a los actuales hábitos de consumo audiovisual y a la fragmentación de la audiencia. Y, por último, reforzar la misión y valores del servicio público de los medios audiovisuales regionales.
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Código de Publicidad y Marketing ICC
El Código de Publicidad y Comunicaciones de Marketing de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) ha sido revisado y aprobado oficialmente durante la semana del 10 de junio, constituyendo ya su 11.ª edición, que será difundida públicamente en Nueva York el próximo 16 de septiembre.

De acuerdo con los estatutos de la WFA, todos los miembros se comprometen a cumplirlo. Este Código también es utilizado por las organizaciones de autorregulación publicitaria (SRO) en todo el mundo como base para las normas nacionales. El equipo de la WFA contribuyó al proceso de revisión y se centró en mejorar las disposiciones relacionadas con la protección de datos, los niños y adolescentes y las declaraciones ecológicas.
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Código de Seguridad Online Irlanda
El regulador de los medios de comunicación irlandés, la “Coimisiún na Meán”, está ultimando los trámites de aprobación para un Código de seguridad Online, que pretende establecer normas vinculantes para las plataformas de intercambio de vídeos con sede en Irlanda con el fin de proteger a los usuarios, en particular a los niños, de contenidos nocivos y comunicaciones comerciales audiovisuales inapropiadas. Esta norma tiene como objetivo el cumplimiento de la Directiva de Servicios de Medios Audiovisuales (AVMSD) de la UE y la Ley de Servicios Digitales (DSA).

Una vez adoptado, el código se aplicará a todas las plataformas de intercambio de vídeos con sede en Irlanda, como YouTube, Instagram o TikTok, si bien a la luz del principio del país de origen, esta normativa podría afectar a las políticas y los enfoques de las plataformas más allá de la jurisdicción irlandesa, por ejemplo, en lo que respecta a la adaptación de los términos y condiciones (T&C) de dichas plataformas.
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Linkedin y DSA
El pasado 7 de junio, LinkedIn anunció que restringirá la segmentación de anuncios a usuarios europeos con motivo del cumplimiento del Reglamento DSA en relación con la publicidad dirigida basada en datos sensibles o especialmente protegidos.

Los cambios anunciados por LinkedIn se aplican de inmediato a todas las nuevas campañas publicitarias, pero en el caso de que esta medida se considerara insuficiente por parte de la Comisión Europea, este organismo podría valorar la posibilidad de iniciar una investigación formal sobre las prácticas publicitarias de la red social.
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Plataformas Online y Diseños Adictivos
El pasado 7 de junio, el estado de Nueva York aprobó la Ley “Safe for Kids”, que prohíbe a las empresas de redes sociales mostrar feeds adictivos en función de determinados algoritmos, a usuarios menores de 18 años sin el consentimiento de los padres.

Además, esta legislación exige la implementación de herramientas de verificación de edad por parte de las plataformas de redes sociales y restringe el envío de notificaciones relacionadas con estos feeds, entre la medianoche y las 6 a.m.

En Europa, el Parlamento Europeo también ha solicitado la creación de nuevas normas para frenar la adicción digital y que las redes sociales incorporen un diseño ético.
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